Programa Anti-Lavado de Dinero (AML) y Procedimientos de Cumplimiento

1. Política empresarial

1.1 Es la política de RSP Entertainment N.V. (la "Compañía") de prohibir y prevenir activamente el lavado de dinero y cualquier actividad que facilite el lavado de dinero o la financiación de actividades terroristas o delictivas. La Compañía se esfuerza por cumplir con todos los requisitos aplicables conforme a las legislaciones vigentes en las jurisdicciones en las cuales opera la Compañía, para evitar el uso del sistema financiero con el propósito de lavar dinero y financiar el terrorismo.

1.2 La Compañía dispone de la autorización y está regulada por Curacao eGaming para ofrecer juegos remotos a través de Internet, conforme al National Decree del 18 de agosto de 1998, No. 14. Bajo las condiciones de licencia emitidas por Curazao, la Compañía debe contar con las medidas adecuadas para prevenir que sus sistemas no se usen con fines de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo o cualquier otra actividad delictiva.

2. Objetivo de la política

2.1 La Compañía está totalmente comprometida a estar constantemente atenta para prevenir el lavado de dinero y combatir el financiamiento del terrorismo con el fin de minimizar y gestionar los riesgos tales como riesgo reputacional, riesgo legal y riesgo regulatorio. También se compromete a su deber social de prevenir crímenes graves y de no permitir que se abuse de sus sistemas para promover dichos crímenes.

2.2 La Compañía se esforzará por mantenerse actualizada con los desarrollos tanto a nivel nacional como internacional sobre cualquier iniciativa para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Se compromete a proteger, en todo momento, la organización y sus operaciones y salvaguarda su reputación, y todo ello desde la amenaza del lavado de dinero, el financiamiento de actividades terroristas y otras actividades delictivas.

2.3 Las políticas, los procedimientos y los controles internos de la Compañía están diseñados para garantizar el cumplimiento de todas las leyes, reglas, directivas y reglamentaciones pertinentes a las operaciones de la Compañía y serán revisados y actualizados periódicamente para garantizar que se implementen apropiadas políticas, procedimientos y controles internos.

3. Programa de identificación del jugador

3.1 La Compañía tomará medidas razonables para establecer la identidad de cualquier persona a la que se proponga prestar el servicio (en adelante, "Jugadores"). A tal fin, el proceso de registro de Jugadores previsto en los Términos y Condiciones Generales de la Compañía prevé el proceso de “Due Diligence” que debe llevarse a cabo antes de abrir una cuenta de usuario.

3.2 La Compañía mantendrá en todo momento una lista segura en línea de todos los Jugadores registrados, y la información y los documentos serán conservados conforme a las obligaciones de protección de datos aplicables.

3.3 La Compañía recogerá cierta información mínima de identificación de cada Jugador que abra una cuenta. La Compañía no permitirá abrir cuentas anónimas o cuentas con nombres ficticios, de modo que no se conozca la identidad del beneficiario efectivo. La información requerida incluirá al menos:

  • Fecha de nacimiento del jugador (que muestra que el jugador tiene más de dieciocho (18) años de edad);
  • Nombre y apellidos del jugador;
  • Lugar de residencia del jugador;
  • Dirección de correo electrónico válida del jugador; y
  • Nombre de usuario del jugador y una contraseña.

3.4 Los documentos para verificar la información de identidad recibida se solicitarán al Jugador si se considera que existe riesgo o incertidumbre sobre la información proporcionada y antes de cualquier pago que exceda los 3,000 EUR por ocasión o cuando los pagos a la cuenta son de EUR 3.000 o más. Estos documentos incluirán, en la medida en que lo permitan las reglamentaciones de protección de datos pertinentes:

  • Una copia de un documento de identidad o pasaporte válido;
  • Prueba de domicilio;

3.5 La Compañía puede complementar el uso de pruebas documentales utilizando otros medios, que pueden incluir:

  • Verificación independiente de la identidad del Jugador a través de la comparación de la información proporcionada por el Jugador con la información obtenida de una agencia de informes, base de datos pública u otra fuente;
  • Verificar referencias a entidades financieras; o
  • Obtener una fuente de financiación.

3.6 La Compañía informará a los Jugadores relevantes que la Compañía puede buscar información de identificación para verificar su identidad.

3.7 Cualquier empleado de la Compañía que tenga conocimiento de una incertidumbre en relación con la exactitud y veracidad de la información proporcionada por el Jugador deberá notificar inmediatamente a la Persona de Cumplimiento AML, quien revisará los materiales y determinará si se requiere una identificación adicional y / o determinará si se debe enviar un informe a las autoridades pertinentes.

3.8 Si un Jugador potencial o existente se niega a proporcionar la información descrita anteriormente cuando se la solicite, o parece haber proporcionado información engañosa intencionalmente, la Compañía no abrirá una nueva cuenta y, después de considerar los riesgos involucrados, considerará cerrar cualquier cuenta existente de esa persona. En cualquier caso, se le avisarán a la Persona de Cumplimiento AML para que decida si es necesario enviar un informe a las autoridades pertinentes.

3.9 Si un Jugador parece intentar o participar en cualquier actividad delictiva o ilegal, la Compañía tomará las medidas apropiadas para congelar inmediatamente la cuenta del Jugador.

3.10 Si cambia cualquier información personal importante de un Jugador, se solicitarán documentos de verificación.

4. “Due diligence” de transacciones continuas

4.1 La Compañía monitoreará la actividad de la cuenta con especial atención, y en la medida de lo posible, el contexto y el propósito de cualquier transacción compleja o grande y cualquier transacción que pueda particularmente probable, por su naturaleza, estar relacionada con el lavado de dinero o la financiación del terrorismo.

4.2 El monitoreo se realizará a través de los siguientes métodos: Las transacciones superiores a 1000 EURO serán monitoreadas y revisadas diariamente incluso todos los detalles de los usuarios que realicen esas transacciones. Los documentos pueden ser solicitados a la determinación de la Persona de Cumplimiento AML.

4.3 La Persona de Cumplimiento AML será responsable de este monitoreo, revisará cualquier actividad que el sistema de monitoreo detecte, decidirá si se requieren pasos adicionales, documentará cuándo y cómo se realiza esta supervisión, y reportará las actividades sospechosas a las autoridades competentes.

4.4 Los parámetros que determinan un posible lavado de dinero o financiamiento del terrorismo incluyen, entre otros:

  • Transferencias electrónicas a / desde paraísos fiscales o ubicaciones geográficas de alto riesgo sin una razón aparente.
  • Muchas pequeñas transferencias bancarias o depósitos realizados con cheques y giros postales.
  • Una actividad de transferencias electrónicas inexplicable, repetitiva, inusualmente grande o muestra patrones inusuales o sin un propósito específico aparente.

4.5 Cuando un empleado de la Compañía detecte cualquier actividad que pueda ser sospechosa, avisará a la Persona de Cumplimiento AML. La Persona de Cumplimiento AML determinará si debe investigar más el asunto y cómo hacerlo. Esto puede incluir la recopilación de información adicional internamente o de fuentes externas, ponerse en contacto con el gobierno, congelar la cuenta y / o presentar un informe.

4.6 La Compañía no aceptará efectivo o pagos no electrónicos de los Jugadores. Los fondos deben ser depositados solo a través de los siguientes métodos: tarjetas de crédito, tarjetas de débito, transferencias electrónicas y cualquier otro método aprobado por la Compañía o los respectivos reguladores.

4.7 La Compañía solo realizará transferencias de ganancias o de reembolsos a la misma ruta desde la cual provienen los fondos, cuando sea posible.

4.8 En la medida en que la Compañía utilice un tercero para procesar y registrar transferencias realizadas por el Jugador y las cuentas, la Compañía hará todo lo posible para garantizar que el proveedor de servicios tenga sistemas de monitoreo de transacciones que permitan la detección de las transacciones de conformidad con esas disposiciones y de acuerdo con la normativa aplicable. La Persona de Cumplimiento AML será responsable de revisar el contrato de servicio relevante junto con el proveedor del servicio para garantizar la idoneidad del acuerdo.

4.9 Los registros relacionados con las transacciones financieras se mantendrán de acuerdo con los requisitos de protección y retención de datos de la jurisdicción aplicable de Curazao.

5. Transacciones y reportes sospechosos

La Persona de Cumplimiento AML reportará cualquier transacción sospechosa (incluidos depósitos y transferencias) realizada o intentada, a través de una cuenta de Jugador que involucre EUR 1,000 o más (de una forma individual o en conjunto) si la Persona de Cumplimiento AML sabe, sospecha o tiene motivos para sospechar:

5.1 El Jugador está incluido en cualquier lista de personas supuestamente asociadas con el terrorismo o en una lista de sanciones;

5.2 La transacción involucra fondos derivados de actividades ilegales o está destinada o dirigida a ocultar fondos o activos derivados de actividades ilegales como parte de un plan para violar o evadir leyes o regulaciones o para evitar cualquier informe de las transacciones sospechosas bajo la ley o regulación ;

5.3 La transacción no tiene un propósito legal ordinario o no es una acción en la cual normalmente se participe el Jugador, y después de examinar los contextos, el posible propósito de la transacción y otros datos, no llegamos a saber ninguna explicación razonable para la transacción; o

5.4 La transacción implica el uso de la Compañía para facilitar la actividad delictiva.

6. Programas de capacitación

6.1 La Compañía desarrollará capacitación continua de los empleados bajo el liderazgo de la Persona de cumplimiento AML y los altos directivos. La capacitación se realizará al menos una vez al año. Se basará en el tamaño de la empresa, su base de jugadores y sus recursos, y se actualizará cuando sea necesario para reflejar cualquier novedad en la ley.

6.2 La capacitación incluirá, como mínimo:

  • cómo identificar banderas rojas y signos del lavado de dinero que surgen durante el curso de deberes de trabajo de los empleados;
  • qué hacer una vez que se identifique el riesgo (incluyendo cómo, cuándo y a quién reportar la actividad inusual del Jugador u otras señales de alerta para su análisis);
  • cuáles son las funciones de los empleados en los esfuerzos de cumplimiento de la Compañía y cómo realizarlas;
  • la política de retención de registros de la Compañía;
  • las consecuencias disciplinarias por el incumplimiento de la legislación.